domingo, 19 de abril de 2020

Presentación


Hola compañeros, profesores y futuros visitantes, hoy vengo a invitarlos a que se den una vuelta por mi nuevo blog, el cual está enfocado a la materia de “LEGISLACIÓN” más específicamente a temas con relación a marcas y patentes, y se que en este momento pensarás que es un tema aburrido, pero, yo puedo asegurarte que un tema complejo, entretenido y sobre todo preocupante.

¿Por qué preocupante? Pues, veras, en el año del 2018, el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI) registro un total de 11 mil 711 patentes y podrás pensar que es demasiado y que así estamos bien, pero la realidad es otra ya que somos de los países con niveles de invención más bajos, grandes potencias como Estados Unidos y Japón cuentan con poco más 300,000 patentes registradas; ¿preocupante, no es así?

Así que atrévanse a aprender algo nuevo hoy con la información que hoy les traigo, aprendan que es una marca, un diseño industrial, su duración y sus requisitos entre otros temas más.

Espero sea de su agrado, ¡Comencemos!


*NOTA DE GRAN IMPORTANCIA: TODA LA INFORMACIÓN QUE SE ENCUENTRA EN ESTE BLOG NO PERTENECE AL CREADOR DEL MISMO, ÚNICAMENTE HA SIDO RECOPILADA CON CARÁCTER ACADÉMICO Y SIN FINES DE LUCRO PARA ESTUDIANTES Y CATEDRÁTICOS*

Unidad Vl - Modelos de utilidad y diseños


v DEFINICIÓN DE LOS DISEÑOS INDUSTRIALES


[DEFINICIÓN DEL GOBIERNO] Un registro de diseño industrial es un derecho exclusivo de explotación concedido por el Estado, a través del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial a la persona que realiza un diseño industrial y/o al titular de éste; es decir, al inventor/diseñador o titular del mismo.
Los diseños industriales pueden ser:
I.- Dibujos industriales, que son toda combinación de figuras, líneas o colores que se incorporen a un producto industrial con fines de ornamentación y que le den un aspecto peculiar y propio.
II.- Los modelos industriales, constituidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o patrón para la fabricación de un producto industrial, que le dé apariencia especial en cuanto no implique efectos técnicos.
[DEFINICIÓN DE LA INAPI] Toda forma tridimensional asociada o no con colores, y cualquier artículo industrial o artesanal que sirva de patrón para la fabricación de otras unidades y que se distinga de sus similares, sea por su forma, configuración geométrica, ornamentación o una combinación de éstas, siempre que dichas características le den una apariencia especial perceptible por medio de la vista, de tal manera que resulte una fisonomía nueva.


v CONDICIONES DE PROTECCIÓN


¿Qué es un registro de diseño industrial? 

Es un privilegio que confiere un derecho exclusivo de explotación, concedido por el Estado, a la persona que realiza un diseño industrial y/o al titular de éste.
A través de estos derechos se facilitan la transferencia de tecnología; se estimula la investigación y desarrollo tanto privado como en las universidades y centros de investigación; se impulsa a las nuevas tecnologías; se estimulan la creación de negocios en las pequeñas y medianas empresas; se estimula a las empresas a promover mejoras, tanto en sus procesos de producción y en los productos mismos, como en las formas de comercialización que utilizan en sus actividades, para reforzar su competitividad y obtener un mayor beneficio económico.
Los diseños industriales comprenden:
I.- Los dibujos industriales, que son toda combinación de figuras, líneas o colores que se incorporen a un producto industrial con fines de ornamentación y que le den un aspecto peculiar y propio.
II.- Los modelos industriales, constituidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o patrón para la fabricación de un producto industrial, que le dé apariencia especial en cuanto no implique efectos técnicos.
Los diseños industriales deben cumplir con los siguientes requisitos:
• Novedad: El diseño debe ser nuevo, es decir, de creación independiente y que difiera en grado significativo de diseños conocidos o de combinaciones de características conocidas de diseños.
• Aplicación Industrial: El diseño debe ser susceptible de ser producido o utilizado en cualquier rama de la actividad económica.




v NOVEDAD


El dibujo o diseño debe ser "nuevo" para obtener protección del Estado, sin perjuicio de la aplicación industrial que caracteriza a todos los títulos de propiedad industrial.


Se considera que un diseño es nuevo si no se ha hecho público ninguno otro idéntico o similar antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro. Esto es, en la en la medida que el diseño por el cual se solicita protección difiera de manera significativa de dibujos o diseños industriales conocidos o de combinaciones de características de dibujos o diseños industriales conocidos.



v VIGENCIA


El día 13 de marzo de 2018, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación diversas reformas a la Ley de la Propiedad Industrial, mismas que entraron en vigor el 27 de abril de 2018.

Diseños Industriales:

a) Se introducen conceptos como creación independiente y grado significativo, relacionados con la novedad requerida para el registro de un diseño industrial.

b) La vigencia del diseño industrial ahora es de 5 años renovables por periodo de la misma duración hasta alcanzar un máximo de 25.





Unidad Vll - Figuras juridicas de protección de los signos distintivos

v LAS MARCAS



¿Qué es una marca?

Es un signo que permite diferenciar los productos o servicios de una empresa de los de otra. Las marcas son derechos de propiedad intelectual (PI) protegidos.

¿Cómo se puede proteger? 

En el plano nacional o regional, una marca puede protegerse registrándose, esto es, presentando una solicitud de registro en la oficina nacional o regional de marcas y abonando las tasas correspondientes. En el plano internacional, existen dos opciones: presentar una solicitud de marca en la oficina de marcas de cada uno de los países en que se quiera obtener protección o utilizar el sistema de México.

¿Qué derechos confiere? 

En principio, el registro de marca confiere al titular el derecho exclusivo a utilizarla. Es decir, la marca podrá ser utilizada exclusivamente por el titular, o ser concedida en licencia a un tercero a cambio de un pago. El registro de marca ofrece seguridad jurídica y refuerza la condición del titular del derecho, por ejemplo, en caso de litigio.

¿Cuánto dura?

El período de validez del registro de una marca puede variar, pero normalmente es de diez años, renovable indefinidamente abonando tasas adicionales. Los derechos de marca son derechos privados cuya protección se hace valer en los tribunales.

v NOMINATIVAS



Cuya representación es fonética y suele ser el tipo de marca más difícil de obtener para su registro en el IMPI, pues la distinción fonética es la que con mayor frecuencia se registra y que conforma el gran número de marcas vigentes en México. Elementos que pueden conformarlas: denominaciones, letras, números.

v FIGURAS O INNOMINADAS


Cuya representación es gráfica, generalmente conformada por logotipos o dibujos, las marcas innominadas también pueden estar conformadas por cierto tipo de tipografía, aunque ésta no sea susceptible de registro persé. Elementos que pueden conformarlas:  elementos figurativos, combinaciones de colores y signos holográficos.


v MIXTAS


Este tipo de marcas se refiere a aquellas que tienen dos o más distinciones, el artículo 89 de la Ley de la Propiedad Industrial, admite combinaciones, inclusive con marcas no tradicionales, como lo son las marcas sonoras, las olfativas y holográficas.


v TRIDIMENSIONALES


Se refiere a aquellas marcas que por su forma o dimensión son distintivas, como lo son empaques, formas, envolturas, envases, forma o presentación de un producto, botellas para perfumes, este tipo de registro debe ser sumamente distintivo para poder ser objeto de registro.


v COLECTIVAS


Son un tipo de marca contemplado en la Ley de la Propiedad Industrial (LPI), en virtud de la cual sólo las asociaciones o sociedades de productores, fabricantes, comerciantes o prestadores de servicios, podrán solicitar el registro de dicha marca colectiva para distinguir en el mercado los productos o servicios de sus miembros; sin embargo, esta no podrá ser transmitida a terceras personas y su uso quedará reservado a los miembros de la asociación.
Las marcas colectivas otorgan a las asociaciones o sociedades que la solicitan no sólo la posibilidad de identificar sus productos o servicios en el mercado frente a los de su misma especie, sino da ventajas y beneficios a una colectividad organizada como:
1.-Acceso a mercados de mayor demanda de productos con mejor calidad.
2.-Son útiles para obtener financiamiento y apoyo del sistema gubernamental o privado ya  que los productores están organizados.   
3.-Adecuadas para ser usadas por grupos de pequeños productores debidamente              organizados.
4.-Más marcas en el mercado, más productos reconocidos en el comercio.
5.-Más competencia en el mercado para obtener el reconocimiento y preferencia de los    consumidores.
6.-Mejora la calidad de servicios y productos.
7.-Medios de desarrollo de las comunidades y sociedades.
8.-La marca colectiva identifica a la organización titular de ella y los productos o servicios de sus miembros.
9.-Utilizadas bajo el control de la colectividad (autorregulación).

Conclusión


Ha sido un buen rato leyendo ¿cierto?, ¿Qué te ha parecido?, ¿Entretenido no?, como lo mencionaba al principio son temas muy interesantes y que pueden ser indagados con una gran profundidad.

Todo lo que tenga relación a marcas, diseños e innovación por lo general es un tema complejo ya que la gente esta cómoda con lo que lo rodea, la gente ya no se interesa por conocer y experimentar cosas nuevas, echar a volar su imaginación y dibujar mundos y oportunidades nuevas.

Nosotros como mexicanos siempre estaremos estancados hasta que nuestra pasión por conocer lo que nos rodea surja de nuevo…hasta que nos animemos a vivir nuestra realidad.

Espero que este pequeño blog y el esfuerzo que hice para recopilar la información te haya servido un poco, si el día de hoy has aprendido al menos un concepto nuevo mi objetivo habrá sido cumplido.

Un placer haberte servido, ¡Que el conocimiento forme parte de tu vida!